Asegura que llamó a elecciones desdobladas en su departamento un día antes de que Cornejo anunciara la promulgación de la enmienda que limita el mandato de los intendentes. De este modo pretende eludir los efectos de la nueva redacción del artículo 198 de la Carta Magna, que impide a los jefes comunales tener más de una reelección consecutiva. Podría bloquear esta maniobra el hecho de que el llamado a elecciones todavía no se ha publicado en el Boletín Oficial, paso necesario para informar a la ciudadanía.
El intendente justicialista de San Rafael, Emir Félix, decidió desafiar la promulgación de la enmienda que limita los mandatos de los jefes comunales y anticipó que competirá el año que viene por otro mandato.
Las circunstancias que rodean al anuncio de la candidatura de Félix han producido un escándalo en el departamento. Es intendente desde 2009, aunque los primeros dos años completó el mandato de su hermano Omar. Esto quiere decir que lleva dos ejercicios seguidos al frente de la comuna y no podría ir por un tercero.
Por lo menos eso es lo que establece la enmienda del artículo 198 de la Constitución provincial. El gobernador Alfredo Cornejo la promulgó la semana pasada, a pesar de que el referéndum en el que fue sometida al voto popular se realizó en 2009.
Pero Félix dice que firmó y elevó la resolución con el llamado a elecciones separadas en San Rafael (número 1342) un día antes de que anunciara el gobernador la promulgación de la enmienda, con lo cual sugirió que no sería abarcado por el decreto respectivo. «Fijé la fecha y llamé a elecciones en San Rafael el 20 porque tenía un viaje y el llamado entró al Concejo Deliberante el 21 a las 9,15», sostuvo.
El llamado a elecciones en el departamento del sur ya abrió una batalla política. En el municipio se admite que la convocatoria a elecciones desdobladas se originó en un «dato del riñón de Cornejo».
Esto hizo apurar el trámite y de ese modo la convocatoria, según el municipio, sería anterior al decreto de Cornejo.
La réplica oficial ha sido advertir que la resolución no tendría efecto porque «no está publicada en el Boletín Oficial de la provincia». O sea, no se ha informado oficialmente a toda la ciudadanía, que es la afectada, situación jurídica diferente de una notificación que afecta a un particular.
El régimen electoral reformado por Cornejo el año pasado establece que los municipios que llamen a elecciones en forma separada, deberán fijar como fecha de la PASO departamental el tercer domingo de abril. Las generales, en tanto, se tienen que realizar el primer domingo de setiembre.
El costo del operativo electoral, en estos casos, corre por cuenta del departamento que decide separar sus comicios de la Provincia.